Torres Gutiérrez, Alejandro
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Torres Gutiérrez
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Alejandro
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Derecho
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I-COMMUNITAS. Institute for Advanced Social Research
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Publication Open Access La Ley de Separación de 1905: luces y sombras en la génesis de la idea de laicidad en Francia(Universidad de Navarra, 2016) Torres Gutiérrez, Alejandro; Derecho Público; Zuzenbide PublikoaEste artículo analiza críticamente la gestación de la Ley de Separación francesa de 1905, su contexto social, las líneas básicas de su contenido, especialmente el significado y alcance de las asociaciones cultuales y el fin de la financiación estatal a los cultos reconocidos napoleónicos, así como su acogida por la Iglesia, la crisis en las relaciones Iglesia-Estado, y el itinerario recorrido hasta la resolución del problema con la adopción de la fórmula de las asociaciones dio-cesanas. Reflexionase sobre la génesis traumática del principio de laicidad y sus consecuencias, al redefinir una nueva legislación estatal, cuyas consecuencias llegan hasta nuestros días.Publication Open Access Impact of COVID-19 pandemic on fundamental right of religious freedom in Spain(Nottingham Law School, 2022) Torres Gutiérrez, Alejandro; Institute for Advanced Social Research - ICOMMUNITASArticle 116 of the Spanish Constitution, establishes that an Organic Act shall make provision for the states of alarm, emergency and siege (martial law), and the powers and restrictions attached to each of them.1 This constitutional provision is developed by the Organic Act 4/1981, of 1 June 1981, of the states of alarm, emergency and siege,2 of which Article 4 empowers the Government to declare the state of alarm, in all or in part, of the national territory when health crises occur, such as epidemics. Under these premises, the COVID-19 pandemic is a clear case in which the state of alarm may be declared. Unlike what happens in the case of the declaration of the states of emergency and siege, in which, according to Article 55 of the Constitution it is possible to suspend some fundamental rights, this is not feasible during the state of alarm. In fact, regarding the particular fundamental right of religious freedom, it cannot be suspended in any of these three scenarios of constitutional exceptionality. But some fundamental rights may be limited. This doctrine has been affirmed by the Spanish Constitutional Court in the Sentence 83/2016, of 28 April 2016,3 the court order 40/2020, of 30 April 2020,4 and more recently by the Sentence 148/2021, of 14 July 20215 and the Sentence of 27 October 2021.Publication Open Access El impacto del COVID-19 sobre la libertad religiosa: reflexiones y estudios al respecto(Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado, 2023) Torres Gutiérrez, Alejandro; Derecho; ZuzenbideaEste trabajo reflexiona sobre el impacto del COVID-19 en el ejercicio del derecho fundamental de libertad religiosa en España, y los problemas jurídicos que ello ha planteado, que han sido objeto de un detenido estudio a nivel doctrinal, y recopila la principal bibliografía recaída al respecto. Con el fin de acotar esta tarea, nos hemos centrado exclusivamente al hacer dicha compilación, en aquellos estudios doctrinales que abordan directamente el estudio de las repercusiones del COVID-19 en el ejercicio del derecho de libertad religiosa en España (pues hacer un estudio de todos los países sería inabarcable), o que han sido publicados en España, aunque traten otro modelos de Derecho Comparado, pues dada la calidad de las publicaciones colectivas habidas al respecto en nuestro país, constituyen un útil instrumento de trabajo para todos los académicos interesados en dicha materia.Publication Open Access Los retos del principio de laicidad en España: una reflexión crítica a la luz de los preceptos constitucionales(Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, 2016) Torres Gutiérrez, Alejandro; Derecho Público; Zuzenbide PublikoaTras la entrada en vigor de la Constitución de 1978, se modifica el modelo de relaciones entre la Iglesia y el Estado, optándose por un sistema de separación Iglesia-Estado, en el que el Estado opta por ser neutral frente al fenómeno religioso, reconociendo la libertad de conciencia y religiosa. Sin embargo, la praxis real nos demuestra la existencia de diferencias entre la teoría constitucional y la legislación ordinaria, debido a la existencia de diversos estatutos jurídicos en relación con las diferentes confesiones religiosas, en función de la existencia, o no, de Acuerdo de Cooperación con el Estado, y que se ponen de manifiesto en materias como la cooperación económica entre en Estado y las confesiones religiosas, el sistema educativo, el modelo matrimonial, la asistencia religiosa en centros públicos, o el derecho patrimonial. A tales efectos, el autor propugna la adopción de un modelo de derecho común, aplicable a todas las confesiones religiosas por igual.