Person: Sarasíbar Iriarte, Miren
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Birth Date
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Job Title
Last Name
Sarasíbar Iriarte
First Name
Miren
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Derecho
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ISC. Institute of Smart Cities
ORCID
0000-0002-5052-2777
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7260
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Publication Open Access La cuarta revolución industrial: el derecho administrativo ante la inteligencia artificial(Gobierno Vasco. Instituto Vasco de Administración Pública, 2019) Sarasíbar Iriarte, Miren; Derecho; ZuzenbideaEl artículo se centra en analizar la aplicación de la inteligencia artificial y su relación con el mundo del Derecho. Se expone la necesidad de crear un marco normativo propio que regule esta nueva realidad para controlar que su uso no perjudique al ser humano. Por ello, es necesaria la implantación de un código ético así como la calificación jurídica del robot ya que de ello depende la concreción, por ejemplo, del sistema de responsabilidad a aplicar.Publication Open Access Algunos interrogantes sobre la integración de la inteligencia artificial en la administración pública(RDU Ediciones, 2023) Sarasíbar Iriarte, Miren; Derecho; Zuzenbidea; Universidad Pública de Navarra / Nafarroako Unibertsitate Publikoa, PJUPNA21-2022La realidad de la inteligencia artificial es innegable. Por ello, es necesaria su regulación para ordenar dicha realidad y asegurar que el uso que se haga de la misma sea el adecuado, controlando y evitando los riesgos, peligros y daños que pueda generar. El Derecho va por detrás de la realidad, lo contrario no tiene sentido, y ante esta novedad que se está implantando en muchos sectores de la sociedad y se está valorando el que se integre en otros tantos, es necesaria la existencia de una normativa propia en dicho ámbito. Asimismo, y de forma complementaria, considero esencial que en la normativa sectorial se integren medidas sobre inteligencia artificial porque, de lo contrario, resultará una regulación parcial e incompleta. Ante la irrupción de la inteligencia artificial en la Administración pública, es necesario que previamente, como he mencionado, exista una normativa al respecto donde se establezcan no sólo los límites de la actuación administrativa, sino que se preserven las garantías del particular ante la Administración. El sujeto no puede verse perjudicado por el hecho de que intervenga la inteligencia artificial, por lo que sus derechos y garantías deben ser como mínimo las mismas que si dicha actuación fuera llevada a cabo por un sujeto humano, empezando por la obligación que tiene de cumplir con un procedimiento previo antes de dictar la resolución final, sea quien sea el sujeto autor de la misma, un humano o una máquina. Dejando clara estas ideas, me surgen algunas inquietudes respecto de la implantación de la inteligencia artificial en el entramado administrativo, que es lo que a lo que me voy a referir en este artículo.