El derecho de la mujer a autodeterminarse en un ámbito tan delicado como
es el de la salud sexual y reproductiva puede llegar, según la forma en la que se
ejercita este derecho, a quebrantar el deber de fidelidad conyugal entendido en su
acepción más amplia o extensiva, como deber de lealtad y confianza recíproca en
la esfera de la sexualidad y de la reproducción y no simplemente como exclusividad
sexual.
En particular, nos aprestamos a analizar tres hipótesis de conductas que, en el
caso de llevarse a cabo con total desconocimiento del cónyuge, además de constituir
un supuesto de violación del deber de fidelidad, pueden dar lugar a su vez a
la violación de derechos fundamentales: se trata del recurso en secreto a la fecundación
heteróloga, con sucesiva ocultación de la verdadera paternidad del hijo así
engendrado, a la esterilización y a la interrupción voluntaria del embarazo.
Debido a que estos supuestos pueden causar una violación de derechos constitucionalmente
protegidos del cónyuge, in primis del derecho al libre desarrollo de
la personalidad, se estudia la posibilidad de reparar el daño sufrido por éste, en su
doble vertiente moral y patrimonial.