Egusquiza Balmaseda, María Ángeles

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Egusquiza Balmaseda

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María Ángeles

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Derecho

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INARBE. Institute for Advanced Research in Business and Economics

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  • PublicationOpen Access
    Conexión institucional necesaria: 'desarrollo' de los derechos civiles propios en la última jurisprudencia del Tribunal Constitucional
    (Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2018) Egusquiza Balmaseda, María Ángeles; Derecho; Zuzenbidea
    La constante doctrina constitucional sobre la dimensión del art. 149.1.8.ª CE, fundada en la garantía de la foralidad, no ha eliminado la complejidad en esta materia. La exigencia de que todo ‘desarrollo’ normativo civil deba estar ligado a una ‘conexión’ institucional preexistente con el derecho civil propio, vinculado a sus principios, hace que la valoración de este elemento constituya una pieza clave del sistema. El trabajo repasa estas cuestiones, centrándose en la dimensión que la ‘conexión’ institucional ha desempeñado para tachar de inconstitucional la regulación de la adopción y autotutela de la Ley de Derecho Civil de Galicia de 2006 —STC 133/2017— y estimar constitucionales las normas sobre bienes vacantes de la Ley Foral del Patrimonio de Navarra de 2007 —STC 40/2018— y de la Ley del Patrimonio de Aragón de 2011 y su texto refundido de 2013 —STC 41/2018—.
  • PublicationOpen Access
    Instituciones civiles forales «allí donde existan» y la reserva competencial «en todo caso» del Estado. Reflexiones a tenor de la STC 157/2021
    (Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2023) Egusquiza Balmaseda, María Ángeles; Derecho; Zuzenbidea
    La reforma del Fuero Nuevo de Navarra por la Ley Foral 21/2019 ha permitido que se pueda valorar el ajuste de sus instituciones al marco competencial del art. 149.1.8ª de la CE. Admitida la existencia de «conexión institucional suficiente» para las modificaciones y desarrollos legislativos efectuados por el legislador foral, conforme al primer límite del art. 149.1.8ª de la CE, los reparos de constitucionalidad han tenido como eje de análisis la reserva competencial del Estado en materia de «normas de conflicto», «ordenación de los registros e instrumentos públicos» y «bases de las obligaciones contractuales». La respuesta dada a estas cuestiones en la STC 157/2021 confirma, en unos casos, y ofrece incertidumbres, en otros, sobre la dimensión que se persigue en la relación de la legislación civil autonómica con la estatal en nuestro sistema plurilegislativo civil.