Publication: Responsabilidad civil derivada de la inclusión indebida en un registro de morosos
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El presente trabajo se aborda con motivo de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) núm. 176/2013, de 6 marzo. Avanzando en la línea marcada por sentencias precedentes, el Tribunal Supremo declara que “la inclusión de datos personales en un registro de morosos por una deuda dudosa vulnera el derecho al honor”. La citada sentencia del Tribunal Supremo asume como propia la doctrina del Tribunal Supremo ya consolidada, según la cual la inclusión incorrecta de datos en un registro de información sobre solvencia patrimonial constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor. Pero la sentencia de referencia da un paso más en cuanto admite que la publicación de datos sobre deudas dudosas también vulnera el derecho al honor por faltar el requisito de la calidad de los datos (art. 4, 6 y 29 LOPD) y la “veracidad” de la información publicada en los términos definidos por reiterada jurisprudencia. Por tanto, el objeto de este trabajo es el estudio de la responsabilidad civil derivada de la inclusión indebida o errónea en los llamados “Registros de Solvencia Patrimonial y Crédito” y “Registros relativos al Cumplimiento o Incumplimiento de Obligaciones Dinerarias” o más coloquialmente conocidos como “Registros de Morosos”.
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