Lara González, Rafael2018-01-302018-01-3019940213-5795https://academica-e.unavarra.es/handle/2454/26956La disciplina de la actividad del agente ha tenido en el ordenamiento jurídico italiano una evolución constante en el tiempo, en virtud de la función significativa que esta clase de empresarios desarrolla en el campo económico. Dicha disciplina se ha articulado a través del Codice civile (arts. 1742 a 1753), de la Ley n° 204, de 3 de mayo de 1985, del Decreto Legislativo n° 303, de 10 de septiembre de 1991, y de los Acuerdos Económicos Colectivos que desde 1935 han dispuesto normas específicas para el contrato de agencia, regulando las relaciones entre las partes. No es pretensión de este artículo describir todo el panorama normativo del contrato de agencia en el Derecho italiano, sino únicamente dar una pinceladas a la nueva regulación del contrato surgida como consecuencia de la adaptación de aquel ordenamiento al Derecho comunitario.15 p.application/pdfspaContrato de agenciaItaliaEl contrato de agencia en Italia: notas sobre su regulación actualinfo:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/openAccess