Los derechos de propiedad y la eficiencia en la asignación de recursos hídricos

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Date
2002Author
Version
Acceso abierto / Sarbide irekia
Type
Contribución a congreso / Biltzarrerako ekarpena
Version
Versión publicada / Argitaratu den bertsioa
Impact
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nodoi-noplumx
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Abstract
La concepción y el reparto de
los derechos de propiedad sobre el agua es clave en la eficiencia lograda por un sistema en el
aprovechamiento de sus recursos hídricos naturales. En el caso del sistema de asignaciones
español, el punto clave está en la propiedad estatal del agua que implica la ordenación inflexible
de la asignación de derechos de usos según la Ley de Aguas y el sometimiento de ...
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La concepción y el reparto de
los derechos de propiedad sobre el agua es clave en la eficiencia lograda por un sistema en el
aprovechamiento de sus recursos hídricos naturales. En el caso del sistema de asignaciones
español, el punto clave está en la propiedad estatal del agua que implica la ordenación inflexible
de la asignación de derechos de usos según la Ley de Aguas y el sometimiento de la gestión
de las cuencas hidrográficas al Plan Hidrológico Nacional.
Por tanto, los derechos al uso de agua se pueden definir como rígidos puesto que el agua se
concede en un caudal y para un uso determinado y precarios porque en la mayoría de los casos
son expropiables sin indemnización alguna. Así, por la rigidez que los caracteriza desaparece
cualquier incentivo que pudiera generarse al ahorro en el consumo de agua, puesto que el agua
potencialmente ahorrada no puede destinarse a ningún otro uso ni puede venderse en un hipotético
mercado de agua sino que desde el momento en que no sea utilizada para el uso motivo
de la concesión vuelve a tener la condición de pública. Esto necesariamente lleva a un despilfarro
del agua asignada o por lo menos a una ausencia de optimización de su uso.
Su condición de precariedad supone la falta de incentivos a la inversión en mejora de infraestructuras
que generalmente requieren un periodo de amortización relativamente largo y que no se acometen ante el temor de no poder rentabilizarlas por la pérdida o limitación de la concesión.
El resultado es de un porcentaje de pérdidas de agua como consecuencia de infraestructuras
obsoletas muy elevado.
Estas consecuencias podrían evitarse con la creación de un mercado para el agua basado en
unos derechos de propiedad de las aguas de forma que el precio de mercado enviaría una señal
cierta sobre la escasez del agua. Además, se originarían asignaciones mucho más eficiente
puesto que el agua iría a aquellos usos donde fuera más productiva, pero al mismo tiempo se
generaría un reparto de riqueza territorialmente más equilibrado puesto que previsiblemente
las regiones costeras que presentan índices de riqueza más elevados demandarían el agua por
la que pagarían un precio a las regiones interiores. Al asignarse un valor de mercado al agua se
crean incentivos al ahorro de la misma y a la inversión en mejora de infraestructuras. [--]
Subject
Derechos de propiedad sobre el agua,
Aprovechamiento de los recursos hídricos
Publisher
Gobierno de Navarra, Departamento de Economía y Hacienda
Description
Ponencia presentada al Cuarto Congreso de Economía de Navarra / Nafarroako Ekonomiaren Laugarren Kongresua: Navarra y la sociedad del conocimiento. Pamplona, octubre de 2001
Departament
Universidad Pública de Navarra. Departamento de Economía /
Nafarroako Unibertsitate Publikoa. Ekonomia Saila