El fin de la polémica de aplicabilidad en Navarra del Reglamento de Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (comentario a la STSJ de Navarra de 2 de octubre de 2008, Sala de lo Contencioso-Administrativo)
Fecha
2008Versión
Acceso abierto / Sarbide irekia
Tipo
Artículo / Artikulua
Versión
Versión publicada / Argitaratu den bertsioa
Impacto
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nodoi-noplumx
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Resumen
Tras exponer el origen y la evolución del Reglamento de Actividades Molestas,
Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), se estudia la jurisprudencia que afirmó que la
legislación autonómica sobre actividades calsificadas no desplazaba la regla que ordenaba
ubicar las industrias contaminantes a más de 2.000 metros de los núcleos de población agrupadas,
por tener dicha regla carácter de legisl ...
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Tras exponer el origen y la evolución del Reglamento de Actividades Molestas,
Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), se estudia la jurisprudencia que afirmó que la
legislación autonómica sobre actividades calsificadas no desplazaba la regla que ordenaba
ubicar las industrias contaminantes a más de 2.000 metros de los núcleos de población agrupadas,
por tener dicha regla carácter de legislación básica estatal. Finalmente, se analiza la
reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que confirma el fin de la aplicabilidad
en Navarra del RAMINP, después de la entrada en vigor de la Ley Foral de Intervención
para la Protección Ambiental, por establecer ésta un sistema de protección
ambiental que supera ampliamente al regulado en aquel Reglamento. [--]
After setting out the origin and the development of the Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), this article studies the jurisprudence that declared that the autonomous communities laws about nuisance didn’t postpone the rule that ordered to place the pollutant industries more than 2000 metres faraway from the center of population, because that rule is basic ...
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After setting out the origin and the development of the Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), this article studies the jurisprudence that declared that the autonomous communities laws about nuisance didn’t postpone the rule that ordered to place the pollutant industries more than 2000 metres faraway from the center of population, because that rule is basic in Spain. Finally, the article analyses the recent judgment of the High Court of Navarra that confirms the end of the applicability of the RAMINP in Navarra, after the effectiveness of the Ley Foral de Intervención para la Protección Ambiental, wich establishes an environmental protection system that exceeds easily. [--]
Materias
Autorizaciones ambientales,
Impacto ambiental,
Emplazamiento de actividades contaminantes,
Acción pública ambiental,
Environmental public action,
Environmental authorization,
Local license,
Environmental impact,
Site of pollutant activities
Editor
Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior
Publicado en
Revista Jurídica de Navarra, julio-diciembre, 2008. Nº 46, p. 167-207
Departamento
Universidad Pública de Navarra. Departamento de Derecho Público /
Nafarroako Unibertsitate Publikoa. Zuzenbide Publikoa Saila