Real Cedula... en que se dispone que los dueños de los Vales Reales, que no los presenten á su renovacion en las oficinas destinadas al efecto en el perentorio término de tres años, perderán indefectiblemente el capital de ellos, sin que tengan derecho á reclamarle
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Fecha
1802Autor
Colaborador
Viuda de José Miguel de Ezquerro (impresora)
Versión
Acceso abierto / Sarbide irekia
Tipo
Libro / Liburua
Impacto
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nodoi-noplumx
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Editor
En Pamplona : en la imprenta de la Viuda de Ezquerro
Notas
Sobrecarta: 26 de marzo de 1802.
Aparece en las colecciones
- Siglo XIX. mendea [418]