Algunos interrogantes sobre la integración de la inteligencia artificial en la administración pública
Fecha
2023Autor
Versión
Acceso abierto / Sarbide irekia
Tipo
Artículo / Artikulua
Versión
Versión publicada / Argitaratu den bertsioa
Identificador del proyecto
Impacto
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nodoi-noplumx
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Resumen
La realidad de la inteligencia artificial es innegable. Por ello, es
necesaria su regulación para ordenar dicha realidad y asegurar
que el uso que se haga de la misma sea el adecuado, controlando
y evitando los riesgos, peligros y daños que pueda generar.
El Derecho va por detrás de la realidad, lo contrario no tiene
sentido, y ante esta novedad que se está implantando en muchos
sectores de ...
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La realidad de la inteligencia artificial es innegable. Por ello, es
necesaria su regulación para ordenar dicha realidad y asegurar
que el uso que se haga de la misma sea el adecuado, controlando
y evitando los riesgos, peligros y daños que pueda generar.
El Derecho va por detrás de la realidad, lo contrario no tiene
sentido, y ante esta novedad que se está implantando en muchos
sectores de la sociedad y se está valorando el que se integre
en otros tantos, es necesaria la existencia de una normativa
propia en dicho ámbito. Asimismo, y de forma complementaria,
considero esencial que en la normativa sectorial se integren
medidas sobre inteligencia artificial porque, de lo contrario,
resultará una regulación parcial e incompleta.
Ante la irrupción de la inteligencia artificial en la Administración
pública, es necesario que previamente, como he mencionado,
exista una normativa al respecto donde se establezcan no sólo
los límites de la actuación administrativa, sino que se preserven
las garantías del particular ante la Administración. El sujeto no
puede verse perjudicado por el hecho de que intervenga la
inteligencia artificial, por lo que sus derechos y garantías deben
ser como mínimo las mismas que si dicha actuación fuera llevada
a cabo por un sujeto humano, empezando por la obligación que
tiene de cumplir con un procedimiento previo antes de dictar la
resolución final, sea quien sea el sujeto autor de la misma, un
humano o una máquina. Dejando clara estas ideas, me surgen algunas inquietudes
respecto de la implantación de la inteligencia artificial en el
entramado administrativo, que es lo que a lo que me voy
a referir en este artículo. [--]
Materias
Inteligencia artificial,
Administración pública
Editor
RDU Ediciones
Publicado en
Revista de Privacidad y Derecho Digital 32, (2023), 189-195
Departamento
Universidad Pública de Navarra. Departamento de Derecho /
Nafarroako Unibertsitate Publikoa. Zuzenbidea Saila
Entidades Financiadoras
Este estudio está enmarcado dentro del Proyecto de Investigación “Biometría,
Derecho Administrativo y Datos (BIODATA)”, PID2021-125170NB-I00, financiado por MCIN/
AEI/10.13039/501100011033/ y por FEDER y del Proyecto de Investigación de Personas Jóvenes
Investigadoras de la Universidad Pública de Navarra “Datos, Administración Pública e Inteligencia
Artificial (DATAPIA)”, PJUPNA21-2022, financiado por la Universidad Pública de Navarra.