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Mostrando ítems 31-39 de 39
[Dos Reales Órdenes, la una de 24 de junio de 1796, y la otra de 17 de mayo de 1804, para que los eclesiásticos seculares y regulares no se excusen de declarar en las causas criminales en la forma que se previene]
([Pamplona] : [s.n.], 1804)
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[Real Cédula de 16 de febrero de 1807 que manda que no se destinen los reos a los presidios de los Arsenales de Cádiz, Ferrol y Cartagena]
([Pamplona] : [s.n.], 1807)
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Reales Ordenes... extinguiendo por la una el presidio de Almaden, mandando se trasladen á otro los reos para que cumplan el tiempo que les falte de sus condenas, y ordenando por la otra se observen inviolablemente, y sin interpretacion alguna las ordenanzas generales de la Armada, en la forma que se expresa
(En Pamplona : en la imprenta de la Viuda de Ezquerro, 1801)
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Real Cedula... para que lleguen a noticia de todos los vasallos, las reglas adoptadas por el Gobierno Francés, sobre el modo de liquidar y reintegrar á los españoles en sus creditos, á conseqüencia [sic] de lo dispuesto en el articulo decimo del Tratado de paz de Basilea
(En Pamplona : en la imprenta de la Viuda de Ezquerro, 1801)
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[Indulto general con fecha 2 de noviembre de 1814, concedido por el Rey con motivo de su primer cumpleaños después de su ausencia y cautividad, a todos los presos que se hallaren en las cárceles de Madrid y demás del Reino, excluyendo ciertos crímenes y delitos mayores según costumbre]
([Pamplona] : [s.n.], 1814)
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Real Cedula... por la cual se declara las personas que pueden volver a España de las que siguieron al Gobierno intruso en su retirada a Francia, aplicacion que ha de hacerse de los bienes que las correspondieron, y modo con que debe procederse en este negocio, con lo demás que se expresa
(Pamplona : en la imprenta de Longas, 1818)
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[Real Orden que declara que los socorros suministrados a los desertores que después de la deserción hayan cometido algún delito y hayan sido aprendidos, corran por cuenta de la jurisdicción que conozca de su causa ; y si de ésta salieren libres, o con pena menor que la que corresponde a la deserción, pase el juez a los Cuerpos el cargo de los socorros suministrados y entrégueles el desertor]
([Pamplona] : [s.n.], 1805)
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[Circular a todas las Justicias del Reino que comunica la Real Orden de 20 de noviembre de 1804 por la que tanto los eclesiásticos como cualesquiera otros que gocen de fuero privilegiado, deben estar sujetos a la Superintendencia de Montes y sus subdelegados en los asuntos de montes, ya sean contenciosos, gubernativos o económicos]
([Pamplona] : [s.n.], 1805)
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Reseña histórica de los títulos que tienen los pueblos congozantes de las Bardenas de Navarra, para su perpetuo aprovechamiento y disfrute
(Zaragoza : Imprenta y litografía de Calisto Ariño, 1871)
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