La caución por el daño temido de la Ley 351.2 del Fuero Nuevo
Fecha
2004Autor
Versión
Acceso abierto / Sarbide irekia
Tipo
Artículo / Artikulua
Versión
Versión publicada / Argitaratu den bertsioa
Impacto
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nodoi-noplumx
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Resumen
La ley 351.2 del Fuero Nuevo está ubicada en el Capítulo relativo a los principios generales relativos a la propiedad y la posesión de las cosas (Libro III, Tit. I, Cap. I), con lo que al igual que, en los ordenamientos actuales que recogen la caución, el punto de vista del que parte este remedio es el de los problemas efectivos que acarrea la posesión efectiva de los inmuebles en lo que se refie ...
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La ley 351.2 del Fuero Nuevo está ubicada en el Capítulo relativo a los principios generales relativos a la propiedad y la posesión de las cosas (Libro III, Tit. I, Cap. I), con lo que al igual que, en los ordenamientos actuales que recogen la caución, el punto de vista del que parte este remedio es el de los problemas efectivos que acarrea la posesión efectiva de los inmuebles en lo que se refiere a la vecindad de los mismos. [--]
Materias
Caución,
Daño temido,
Derecho civil navarro
Editor
Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior
Publicado en
Revista Jurídica de Navarra, enero-junio, 2004. Nº 37, pp. 45-74
Departamento
Universidad Pública de Navarra. Departamento de Derecho Privado /
Nafarroako Unibertsitate Publikoa. Zuzenbide Pribatua Saila