Alli Aranguren, Juan Cruz

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Alli Aranguren

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Juan Cruz

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Derecho

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    La evaluación ambiental estratégica en la Ley Foral 4/2005, de 2 de marzo, de intervención para la protección ambiental
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2006) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    La Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, ha regulado las intervenciones para la protección ambiental a partir de la normativa comunitaria y básica del Estado. Dentro de las medidas de intervención ha encuadrado las Evaluaciones de planes y programas y de proyectos. Se puede afirmar que el régimen de la primera, llamada Evaluación Ambiental Estratégica, ha seguido a la Directiva 2001/42, de 27 de junio, sin aportaciones dignas de mención, salvo en cuanto se refiere a una más precisa y pormenorizada regulación del procedimiento, tomando como referencia la propia de la Evaluación de Impacto Ambiental, así como a la importante precisión del régimen del silencio administrativo.
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    El Convenio Económico de 1927 (I): La Dictadura de Primo de Rivera. La reforma fiscal, el aumento del cupo y las cuestiones forales
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2009) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    Constituye una investigación histórico-jurídica sobre el proceso de negociación del Convenio Económico de 1927, conocido como de Calvo Sotelo, así como de sus avatares. A partir de una demanda de incremento del cupo de Navarra al Estado la Diputación negoció la introducción de profundas reformas del régimen fiscal homolologándolo al general, con el reconocimiento expreso de la competencia foral en la materia y de la naturaleza paccionada del convenio. Supuso la superación del viejo sistema fiscal por cuyo mantenimiento había luchado la Diputación desde la Ley de 1841 por otro basado en las contribuciones territorial, industrial y de utilidades, los derechos reales, el timbre, las cédulas personales y los impuestos de consumos.
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    Los instrumentos de ordenación territorial en la Comunidad Foral de Navarra
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2004) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    La Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, ha conformado la ordenación territorial de la Comunidad Foral de Navarra sobre los siguientes elementos esenciales: 1. La ordenación territorial se concibe como una función pública, cuyo régimen se articula sobre elementos de carácter sustantivo por incorporar conceptos, principios, régimen jurídico, procedimiento y efectos. 2. Se parte de la democracia institucional para la formación de la voluntad colectiva, tomando en consideración un concepto y una función del territorio. Implica considerar al territorio no como soporte pasivo de decisiones políticas, sino como elemento constitutivo de ellas desde un paradigma territorial, que hoy es el de sostenibilidad
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    El Convenio Económico de 1927 (II): cupo y régimen fiscal
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2009) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    Constituye una investigación histórico-jurídica sobre el proceso de negociación del Convenio económico de 92 , conocido como de Calvo Sotelo, así como de sus avatares. a partir de una demanda de incremento del cupo deNavarra al estado laDiputación negoció la introducción de profundas reformas del régimen fiscal homologándolo al general, con el reconocimiento expreso de la competencia foral en la materia y de la naturaleza paccionada del convenio. Supuso la superación del viejo sistema fiscal por cuyo mantenimiento había luchado la Diputación desde la ley de 84 por otro basado en las contribuciones territorial, industrial y de utilidades, los derechos reales, el timbre, las cédulas personales y los impuestos de consumos.
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    El dominio concellar
    (FEDHAV, 2004) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    El dominio concellar es el correspondiente a la comunidad de los valles de Roncal y Salazar, cuya titularidad y disposición corresponde a las entidades y los aprovechamientos a sus vecinos. Está integrado por el patrimonio forestal, las propiedades, aprovechamientos y derechos reconocidos a aquéllas, cuya finalidad es atender las necesidades y conveniencias directas o indirectas del valle como comunidad y de los vecinos integrantes de la misma. Su régimen se establece por sus ordenanzas y reglas de su derecho consuetudinario.
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    La vecindad en el valle de Roncal
    (FEDHAV, 2006) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    El Valle de Roncal constituye una entidad histórica que ha mantenido parte de su régimen de autogobierno en el que existió una vecindad propia de la entidad, posteriormente transformada en la de cada una de sus villas convertidas en municipios. El régimen de la vecindad en el valle se protegió respecto a los forasteros para que los naturales siguieran disfrutando de los aprovechamientos sobre los bienes de la comunidad, configurando un estatus propio.
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    El municipio en la Comunidad Foral de Navarra. Historia, tradición y principios
    (FEDHAV, 2005) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    El régimen local medieval fue adaptado al derivado del uniformismo liberal a partir de la Ley de 1841 y, posteriormente, al Estatuto Municipal por el R.D.L. de 4 de noviembre de 1925. En ambas normas se reconoció a la Diputación una jerarquía sobre los municipios que se manifestó en numerosos actos de control, incluida la revisión de sus actos en vía de alzada. El Reglamento de Administración Municipal de 1928 fue el código de la vida local en el que se plasmaron todas las peculiaridades históricas mantenidas y acreditó la sumisión de la vida local a la superior autoridad de la Diputación. A partir del artículo 46 LORAFNA se estableció un nuevo régimen basado en el concepto constitucional de autonomía local, regulado por la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio.
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    Caracterización y fundamentación jurídica de la Ley de 1841 y de los convenios de Tejada Valdosera (1877) y Calvo Sotelo (1927)
    (FEDHAV, 2009) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    La Ley de Fueros de 1841 creó una Hacienda propia en paralelo con la que correspondía a las instituciones del antiguo Reino de Navarra, así como la aportación de una contribución directa por parte de Navarra al Estado relacionada con lo que era el donativo que las Cortes daban a la Monarquía y que será el cupo con el que Navarra contribuya a las cargas generales del Estado. Sobre aquella realidad se estableció el Convenio de Tejada Valdosera (1877) y el Convenio de 1927, propiamente el primer Convenio Económico.
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    El artículo 46 LORAFNA y el régimen local navarro
    (Universidad Pública de Navarra / Nafarroako Unibertsitate Publikoa, 2005) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    El articulo 46 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA) se estudia como punto de partida de las competencias que en materia de régimen local tiene reconocidas la Comunidad Foral. La disertación va a constituir un desarrollo del contenido del precepto, del régimen de autonomía municipal y de las competencias. Por eso se analiza el precepto en sus apartados, haciendo referencia a su génesis y evolución en los debates que la negociación planteó, porque esto nos aclara algunos matices de su significado.
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    La Constitución Europea
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2007) Alli Aranguren, Juan Cruz; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    El Proyecto de Tratado por el que se establece una Constitución para Europa ha sido un intento, por ahora frustrado, de dotar a la Unión de un nuevo marco legal, continuista de los anteriores, aunque ha introducido algunas innovaciones conducentes al reparto de competencias, la democratización institucional y la simplificación normativa.