Person: López López, Hugo
Loading...
Email Address
person.page.identifierURI
Birth Date
Research Projects
Organizational Units
Job Title
Last Name
López López
First Name
Hugo
person.page.departamento
Derecho
person.page.instituteName
INARBE. Institute for Advanced Research in Business and Economics
ORCID
0000-0003-4802-8427
person.page.upna
810050
Name
7 results
Search Results
Now showing 1 - 7 of 7
Publication Open Access Mandatory disclosure rules in Spain(IBFD, 2023) López López, Hugo; Castro Bosque, Marina; Derecho; Zuzenbidea; Institute for Advanced Research in Business and Economics - INARBEIn Spain, the implementation of DAC6 has been carried out through Law 10/2020 of 29 December 2020 (the Law). Specifically, this Law introduces two additional provisions to General Taxation Law 58/2003 of 17 December 2003 that deal with mandatory disclosure rules (MDR) in a broad way. The first provision regulates the disclosure obligation on cross-border tax planning arrangements, whereas the second elaborates on the specific obligations between individuals derived from the former. In addition, such implementation has been completed with certain complementary measures and clarifications included in General Taxation Regulation 1065/2007 of 27 July 2007 Regulation 243/2021 of 6 April 2021 (the Regulation)[5] and three tax disclosure models included in Ministerial Order HAC/342/2021 of 12 April 2021 (the Order). In this sense, it should be noted that - even with the deferral due to the COVID-19 situation provided in Directive 2020/876/EU - the Law is almost a year late passed the implementation deadline established by the Directive. Similarly, both the Regulation and the Order were approved months later and on different dates. In addition, it should be pointed out that ¿ unlike other Member States - Spain has not approved interpretive guidelines to shed some light on many of the questions raised by these new obligations. The only clarification given by the administration is a series of FAQs related to the tax disclosure models that add nothing new of substance. In general lines - and as will be shown in this chapter - the MDR have been implemented in identical terms to DAC6, making constant references to its wording and deviating from it on rare occasions.Publication Open Access The new Spanish reporting obligation for assets located abroad and its compatibility with EU law(International Bureau of Fiscal Documentation, 2014) López López, Hugo; Derecho; Zuzenbidea; Institute for Advanced Research in Business and Economics - INARBEIn this article the author analyses the new reporting obligation contained in Law 7/2012 of 29 October regarding assets and rights located abroad. In particular, the compatibility of the reporting obligation with EU law is examined. The author concludes that the provision, as currently worded, is not proportionate and is, therefore, in conflict with the free movement of capital granted by EU law.Publication Open Access Special tax regimes to attract individuals and their interaction with treaty law: entitlement issues(IBFD, 2024) López López, Hugo; Derecho; Zuzenbidea; Institute for Advanced Research in Business and Economics - INARBEMobility of individuals is increasing exponentially in recent times, and this is mainly caused by economic and developing imbalances between countries. In fact, as long as these imbalances persist (or even increase), the movement of people will not cease, but rather the contrary will occur. Moreover, it is clear that technological advances are leading to what might be called a kind of ¿new nomadic way of life¿. In this context, some countries try, on the one hand, to avoid the ¿brain drain¿ (i.e. income and investment drain), and on the other hand, to compete to attract ¿brain gain¿ (i.e. income and investment gain). Some of the measures used for this purpose are of a tax nature. Among the tax measures adopted in this respect, a distinction can be drawn between (i) defensive fiscal measures, aimed at preventing the flight of talent and income and investment by taxing individuals who move abroad (such as exit taxes, extensionbased residence, the Bhagwati tax, etc.); and (ii) offensive tax measures, aimed at attracting and retaining highly skilled workers and income and investment. In this chapter, the author focuses on the second group of tax measures. In order to do so, the different types of offensive measures adopted by states will be briefly outlined (section 7.2.), separately analysing those aimed at retaining certain types of individuals (section 7.2.1.) and those aimed at attracting certain types of individuals (section 7.2.2.), while paying special attention to how both types of measure interact with tax treaties and, more specifically, entitlement issues and (double) non-taxation situations. The chapter ends with the conclusions (section 7.3.).Publication Open Access Presentación e inauguración de la Jornada(2016) Carlosena García, Alfonso; López López, Hugo; Universidad Pública de Navarra / Nafarroako Unibertsitate PublikoaEl objetivo de la Jornada es dar a conocer las posibilidades de participación en acciones ERASMUS+ diferentes a la movilidad, entre otras: titulaciones de máster conjuntas Erasmus Mundus, asociaciones estratégicas en el ámbito de la educación, la formación y la juventud, alianzas para el conocimiento y alianzas para las competencias sectoriales, desarrollo de las capacidades en el ámbito de la educación superior, acciones Jean Monnet, cátedras, módulos, centros de excelencia, apoyo a asociaciones, redes y proyectos, actividades deportivas.Publication Open Access Derivación de responsabilidades punitivas por conductas realizadas en fraude a la ley tributaria (conflicto en la aplicación de la norma tributaria) en la regulación española(Universidad Externado de Colombia, 2020) López López, Hugo; Derecho; Zuzenbidea; Institute for Advanced Research in Business and Economics - INARBELa regulación española contempla, desde sus orígenes en la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, aunque con distintas redacciones, una cláusula general antiabuso para combatir el fraude a la ley tributaria. La cláusula se ha mantenido en las sucesivas modificaciones operadas en 1985 y 1998, hasta la reforma que se llevó a cabo a través de la actual Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en cuyo artículo 15, denominado ¿conflicto en la aplicación de la norma tributaria¿, se regulaba lo que tradicionalmente había sido conocido como fraude a la ley tributaria1. Este precepto fue objeto de una modificación trascendental a nuestros efectos en virtud de la Ley 34/2015, de 21 de diciembre, de modificación parcial de la Ley 58/2013, de 21 de diciembre, General Tributaria. Sin perjuicio de las diferencias en la delimitación de la figura del fraude a la ley o conflicto en la aplicación de la norma tributaria, en las distintas redacciones otorgadas a dicho instituto durante las últimas décadas por la regulación tributaria española, un elemento común a todas ellas ha venido siendo, precisamente, la improcedencia de imposición de sanciones por aplicación de la cláusula antiabuso que, expresamente, ha venido contemplándose en las últimas redacciones de esta figura. Sin embargo, con ocasión de la referida modificación operada a través de la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se llevaron a cabo importantes cambios en el sentido de habilitar a la posibilidad de sancionar este tipo de conductas, que serán objeto de análisis en este trabajo. La referida modificación normativa ha estado precedida de una interesante línea jurisprudencial, en el orden jurisdiccional penal, y del Tribunal Constitucional español que, muy probablemente, ha sido tenida en consideración por el legislador a la hora de acometer una reforma de estas características. Porque la posibilidad de derivar responsabilidades punitivas, esto es, tanto de índole penal como sancionador, ha sido una cuestión nada pacífica en la doctrina española. Y podría afirmarse que, mayoritariamente, los autores han mostrado su rechazo a dicha posibilidad sobre la base de argumentos de diversa índole2. En este trabajo nos proponemos analizar, en primer lugar, y para contextualizar el problema que nos ocupa, la situación española previa a la reforma operada en 2015 a que nos acabamos de referir. En segundo lugar, nos ocuparemos de la jurisprudencia que, con base en la situación de partida previamente expuesta, se ha pronunciado en torno a la posibilidad de derivar responsabilidades punitivas (penales) por conductas realizadas en fraude a la ley; se presta especial atención, a estos efectos, a tres importantes sentencias del Tribunal Constitucional. En tercer lugar, se expondrán las características principales de los cambios normativos introducidos en la regulación española con ocasión de la aprobación de la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, y con ella, el importante giro que se da a la cuestión que ahora analizamos. Por último, concluiremos nuestro trabajo exponiendo de manera sintética algunas reflexiones de carácter general a modo de consideraciones finales.Publication Open Access Aspectos fiscales en la internacionalización de la empresa vasca: régimen fiscal de los trabajadores desplazados al extranjero(Instituto Vasco de Administración Pública, 2015) López López, Hugo; Derecho; Zuzenbidea; Institute for Advanced Research in Business and Economics - INARBEEn un contexto de economía globalizada como el actual y en particular, en una situación como la española donde existe una tendencia clara hacia la internacionalización del tejido empresarial, la movilidad de trabajadores y su traslado a otras jurisdicciones, durante un período determinado de tiempo, cada vez es más frecuente. Lo anterior puede tener efectos relevantes en el estatuto jurídico del trabajador desplazado, siendo los más relevantes no sólo aquellos que afectan a su régimen fiscal, sino también los aspectos laborales y en buena medida los de carácter administrativo que pueden afectar también al régimen fiscal aplicable a las rentas obtenidas por el desplazamiento. El objeto del presente trabajo es exponer las características principales del régimen fiscal de los trabajadores que se desplazan al extranjero para desempeñar su actividad laboral. Para ello, se aborda la cuestión previa y necesaria relativa a la residencia a efectos fiscales de dicho trabajador. A partir de ahí se abordan por separado las situaciones en que el desplazamiento no origina pérdida de la residencia fiscal en el País Vasco y aquellas otras en que el trabajador expatriado pierde, como consecuencia del desplazamiento, su residencia fiscal en el territorio del País Vasco. Dentro de los primeros supuestos se expone la incidencia que tiene la eventual existencia de Convenio de Doble Imposición (en adelante CDI) entre España y el país donde el contribuyente se desplaza para desarrollar su actividad laboral y, también, las previsiones contenidas en la regulación del IRPF en las normativas correspondientes de los tres Territorios Históricos que pueden afectar a las rentas obtenidas por el trabajador, como consecuencia del desplazamiento. Con ello se pretende hacer una aproximación global, y ciertamente general, al régimen fiscal de los trabajadores desplazados al extranjero.Publication Open Access Regímenes fiscales especiales para estructuras holding en la región iberoamericana y el posible impacto de la PPT tras el MLI(Universidad Externado de Colombia, 2019) López López, Hugo; Derecho; Zuzenbidea; Institute for Advanced Research in Business and Economics - INARBEA lo largo de las siguientes páginas nos proponemos analizar brevemente las características principales de los regímenes especiales previstos para estructuras holdings, en combinación con los beneficios de los cdi suscritos por la concreta jurisdicción que articula el régimen especial (apartado ii) la incorporación del mli y, en particular, de su artículo 7.º o cláusula ppt a la red de cdi de los países suscriptores del mli, así como el posible impacto en la exención o limitación del gravamen en la fuente previsto en los cdi (apartado iii) para finalizar exponiendo algunas reflexiones generales a modo de conclusión.