Pérez Calvo, Alberto

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Derecho Público

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  • PublicationOpen Access
    La vía jurídica hacia la independencia de un territorio español
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2013) Pérez Calvo, Alberto; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    Ante el llamado “Derecho a decidir” defendido por algunos partidos nacionalistas, se apunta que la Constitución Española no reconoce tal “derecho”. Además, el ejercicio de este pretendido “derecho” debería ejercerse mediante referéndum de la población directamente afectada. Pero, según la Constitución, el competente para promover un referéndum es el Presidente del Gobierno quien no podría realizar jurídicamente esta operación dada la inconstitucionalidad del objetivo perseguido. Siempre sería posible reformar la Constitución para que se pudieran reconocer ese “Derecho a decidir” y su ejercicio. Desde el punto de vista internacional, tampoco cabría aplicar a un territorio español el Derecho de autodeterminación reconocido por la ONU por no darse al respecto los supuestos exigidos. Finalmente, si un territorio español declarara unilateralmente su independencia respecto de España, quedaría ipso facto fuera de la Unión Europea
  • PublicationOpen Access
    Administración periférica del Estado: el Delegado del Gobierno en el Estado Autonómico
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2001) Pérez Calvo, Alberto; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    Aunque con un cierto retraso en relación con el desarrollo autonómico del Estado, la Ley Orgánica de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, de 1997, parece haber logrado encajar al Delegado del Gobierno en el Estado autonómico. Tendríamos así que, por fin, el problema secular de la coordinación de la Administración periférica del Estado encuentra una solución satisfactoria, según parece, con la decidida apuesta por proporcionar al Delegado del Gobierno creado por la Constitución la posición institucional y los medios adecuados para ello. Si, además, el Delegado es capaz de impulsar y llevar a cabo esa coordinación, “cuando proceda”, con las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de los entes locales, conseguiremos “una mejora de la calidad de los servicios que la Administración presta a los ciudadanos”, como señala la Exposición de motivos de la Ley.
  • PublicationOpen Access
    El Estado autónomico, 25 años después de la Constitución
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2003) Pérez Calvo, Alberto; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    La constitución española de 1978 coloca la previsión del Estado autonómico en un lugar privilegiado de la misma, en el art. 2 del Título preliminar. Ello supone un importantísimo principio estructural del Estado español, como es su carácter autonómico. El artículo analiza dos de los múltiples aspectos que ofrece el Estado autonómico español hoy, después de 25 años de vida constitucional. En el primero se ve cómo se ha procedido a la construcción democrática del Estado y del Estado autonómico en particular. Y en el segundo se acerca de modo general a los serios problemas que hoy afronta el Estado y a las diferentes respuestas posibles.
  • PublicationOpen Access
    European treatment of linguistic minorities
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2011) Pérez Calvo, Alberto; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    En general, puede decirse que, a diferencia de otros momentos históricos, se presta una mayor atención a las lenguas como patrimonio cultural que hay que salvaguardar, al consiguiente reconocimiento de distintas lenguas en un mismo espacio y a la consiguiente regulación de las situaciones de plurilingüismo. En el caso de Suiza, este reconocimiento es consustancial al Estado. No obstante, el sistema plurilingüe en Suiza constituye realmente una mera yuxtaposición de lenguas que no permite, en general, la relación en las lenguas oficiales del Estado entre conciudadanos de distinta expresión lingüística. La situación es bastante parecida en Canadá y Bélgica. En los Estados nación, se observa también una mayor atención a los problemas suscitados por la convivencia de diversas lenguas. En el caso de España, el Estado nación ha experimentado una transformación muy profunda porque se parte del reconocimiento y juridificación de una base social plural y se concluye en un pluralismo cultural y lingüístico. Aunque en éste y otros casos similares, la lengua común de que disfrutan debe considerarse como un valor a preservar como el de la propia pluralidad lingüística. Finalmente, la acción internacional a través de diferentes mecanismos de declaración de los derechos de los hablantes de las distintas lenguas y de supervisión de la actividad de los Estados en este sentido, constituye un elemento complementario de la acción ordinaria en el seno de los propios Estados.
  • PublicationOpen Access
    Pueblo, nacionalidades y regiones en la práctica estatutaria
    (Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2000) Pérez Calvo, Alberto; Derecho Público; Zuzenbide Publikoa
    El objeto de este trabajo está indicado en el título. Por lo tanto, los Estatutos de Autonomía se convierten en una pieza clave para comprobar el tratamiento que en ellos se dispensa a los conceptos de pueblo autonómico, de nacionalidad o de región. Sin embargo, nunca podría hacerse en el marco de la realidad española una teoría de estos elementos a partir de los Estatutos únicamente ya que dichos conceptos nacen con la Constitución y en ella se encuentran también las bases centrales para su definición.