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Publication Open Access A propósito de dos importantes y recientes reformas de nuestra legislación mercantil: sociedades de capital y segunda oportunidad(Universidad de Salamanca, 2015) Sáenz García de Albizu, Juan Carlos; Lara González, Rafael; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEste artículo comenta las reformas llevadas a cabo en la legislación mercantil relativas a sociedades de capital y segunda oportunidad. La Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo y la Ley y el Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden socialPublication Open Access El acogimiento familiar de mayores: análisis de la Ley Foral 34/2002, de 10 de diciembre, de Navarra(Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2003) Arcos Vieira, María Luisa; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl progresivo envejecimiento de la población española a lo largo de las últimas décadas es un fenómeno social sobradamente conocido y del que la sociedad en su conjunto es, sin duda, consciente. Acaso, sin embargo, sea preciso reflexionar con mayor detenimiento acerca de las variadas repercusiones que en numerosos ámbitos–jurídico, sanitario, económico, social– va a producir, y está produciendo ya, la mayor relevancia del sector poblacional calificado como “personas mayores”.Publication Open Access Acuerdos no vinculantes: visión general y planteamiento(Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 1999) Egusquiza Balmaseda, María Ángeles; Arcos Vieira, María Luisa; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl denominado gentleman´s agreement aparece, desde la perspectiva del Derecho español, como un concepto de difícil delimitación al que la doctrina hace referencia esporá- dicamente, con frecuencia recurriendo a la expresión inglesa, y a propósito normalmente del estudio de algunas prácticas, sobre todo de carácter mercantil, asimismo importadas de naciones anglosajonas. En ellas, sin embargo, el gentleman´s agreement tiene un campo potencial de aplicación considerablemente más amplio que lo que hasta ahora se ha podido apreciar en nuestro país, siempre relativo, de forma genérica, a situaciones y relaciones que quedan al margen del Derecho. En este artículo se intenta, de conformidad con la finalidad a que debían dirigirse, aportar algunos comentarios acerca de la solución que el ordenamiento jurídico español ofrece a determinadas situaciones al menos próximas a supuestos que el sistema del common law reduce al gentleman´s agreement, incluyendo –si bien ello se hará con el mínimo imprescindible de citas, dado el carácter del trabajo– las aportaciones doctrinales y las tendencias jurisprudenciales que se consideran de mayor interés en las distintas materias.Publication Open Access La adopción abierta en el derecho español(Instituto de Derecho Iberoamericano (IDIBE), 2016) Sabater Bayle, Elsa; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl reconocimiento del derecho del menor adoptado a mantener contactos o relaciones con sus familiares de origen y sus anteriores acogedores representa un nuevo modelo de adopción en el Derecho español, denominado ‘adopción abierta’, recientemente introducida por la Ley 26/2015, de 28 de julio, que reforma el sistema español de protección de la infancia y la adolescencia. La nueva regulación se inspira en el Derecho de otros países pero tiene precedentes en ciertas normas autonómicas españolas.Publication Open Access Adopción de decisiones en el ámbito clínico por pacientes con discapacidad intelectual, a la luz de la convención sobre los derehos de las personas con discapacidad: autonomía, sistema de apoyos e interés superior de la persona con discapacidad(Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2016) Elizari Urtasun, Leyre; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl presente trabajo plantea una reflexión sobre si la Ley 41/2002, Básica de Autonomía del Paciente, cumple con las exigencias de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en relación específicamente a los pacientes con discapacidad intelectual. Se aborda, por un lado, la necesidad de establecer sistemas de apoyo tanto en la toma de decisiones como en la recepción de la información asistencial. Por otro lado, se analiza la reciente introducción de un nuevo apartado 6 en el art. 9 de la Ley 41/2002, efectuada por la Ley 26/2015, de protección a la infancia y a la adolescencia, que ha afectado a la decisión que deben adoptar los familiares o representantes cuando el paciente no tenga capacidad para decidir por sí mismo, que deberá atender siempre al ‘mayor beneficio para la vida o salud del paciente’.Publication Open Access Ámbito de aplicación y contingencias profesionales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos(Universidad Pública de Navarra / Nafarroako Unibertsitate Publikoa, 2005) Apilluelo Martín, Margarita; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaPublication Open Access La aparente corrección parcial del control de transparencia a propósito de la STJUE de 21 de diciembre de 2016(Universidad Carlos III de Madrid, 2017) Domínguez Yamasaki, María Isabel; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaCon la STJUE de 21 de diciembre de 2016, Gutiérrez Naranjo y otros, C-154/15, C-307/15 y C-308/15, se pone al descubierto la defectuosa interpretación llevada a cabo en la creación jurisprudencial del control de transparencia. A nuestro juicio, los errores manifiestos que afectan a este nuevo control tienen su origen en una interpretación de la norma motivada por la intención de favorecer al consumidor con la creación ex professo del referido control, a la vez que se intentan dulcificar las consecuencias derivadas de la sanción de nulidad que las entidades de crédito han de soportar. Producida la primera llamada de atención, sería una grave equivocación obviar la necesidad de revisar nuestra doctrina jurisprudencial, que se ha visto desbordada al procurar la complacencia de las partes implicadas.Publication Open Access La aplicación del derecho de superficie en los artículos 40 y 41 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio: situación de Navarra(Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2008) Egusquiza Balmaseda, María Ángeles; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaLa regulación del derecho de superficie por la legislación del suelo ha sido un tema tradicionalmente polémico. La doctrina ha ofrecido diferentes tesis sobre su ámbito de aplicación, la caracterización de ese derecho, o la posible compatibilidad de esa legislación con las escasas normas que se recogen de esa figura en el Código civil. A estas cuestiones se ha unido la controversia sobre las competencias de las Comunidades Autónomas para disciplinar esta institución civil en su legislación urbanística. La regulación que ofrece el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, abre nuevos caminos de reflexión sobre todas estas cuestiones en las que ha jugado un papel fundamental la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el parecer del Tribunal Constitucional.Publication Open Access Aproximación al estudio de la usucapión en Derecho Civil Navarro(Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 1997) Arcos Vieira, María Luisa; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaLa autora estudia los precedentes de la usucapión en el derecho civil navarro, las relaciones entre la prescripción adquisitiva y la prescripción extintiva y los principales caracteres de la usucapión en el derecho civil navarro.Publication Open Access El artículo 149.1.8 de la Constitución y la reciente jurisprudencia constitucional(Gobierno de Navarra, Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 1993) Rubio Torrano, Enrique; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEste trabajo pretende exponer la doctrina más reciente del Tribunal Constitucional en orden a la interpretación -significado y alcance- del arto 149.1.8.CE. Si bien es verdad que ya a lo largo de la década anterior el TC ha tenido oportunidad de esclarecer algunos aspectos de este precepto -piénsese, por ejemplo, en el sentido de la expresión "legislación civil"-, quedaban puntos oscuros, muy debatidos doctrinalmente hace unos años, cuya clarificación se hacía necesaria. El TC se ha enfrentado con algunos de ellos en las sentencias que paso a comentar, aunque queda pendiente de resolución una de las cuestiones más espinosas, precisamente la que hace referencia a la extensión territorial del Derecho civil foral, dentro de una misma Comunidad Autónoma, más allá del ámbito que le fue propio. Este punto, junto con otros, está siendo enjuiciado en la actualidad por el más alto Tribunal, de ahí que sólo apunte en este estudio los términos en que se ha planteado el recurso de inconstitucionalidad contra algunos preceptos de la Ley del Derecho civil foral del País Vasco.Publication Open Access Aspectos societarios de la actividad de capital-riesgo(Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2002) Lara González, Rafael; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl presente trabajo se va a circunscribir al estudio de las sociedades de capital-riesgo en cuanto ejemplo y concreción de sociedad anónima especial, excluyendo, por consiguiente, del objeto de análisis del mismo tanto los fondos de capital-riesgo como las sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo ' , así como el crucial aspecto fiscal de la figura jurídica'.Publication Open Access Avances en la aplicación de los principios Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales. Cláusulas modelo para los contratantes(Universidad Carlos III de Madrid, 2014) Pablo-Romero Gil-Delgado, María Concepción; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaLos Principios Unidroit han recibido, desde su primera publicación en 1994, comentarios favorables por parte de la doctrina y han sido utilizados en la práctica cada vez con una mayor frecuencia. Sin embargo, los miembros del Unidroit son conscientes de que todavía queda mucho por hacer para generalizar su utilización por lo que han redactado un conjunto de cláusulas que se proponen como modelo para su aplicación a los contratos comerciales internacionales y que fueron aprobadas en el Consejo de Dirección celebrado del 8 al 10 de mayo de 2013. Estas cláusulas modelo se proponen para que sean utilizadas por los contratantes ya sea en el momento de la redacción del contrato o ya sea posteriormente para la resolución de los conflictos surgidos. Esperan con ello impulsar el conocimiento y la aplicación de los Principios Unidroit.Publication Open Access Capacidad para contraer matrimonio entre personas del mismo sexo. Problemas de Derecho Internacional Privado. Una visión comparada España-Canadá(Ministerio de Justicia, 2010) Iriarte Ángel, José Luis; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl artículo tiene como objeto abordar un estudio comparado entre España y Canadá de la cuestión de la ley aplicable a la capacidad matrimonial en los supuestos de matrimonios entre personas del mismo sexo. Ambos Estados son de los pocos que en el Derecho Comparado admiten el matrimonio homosexual, por consiguiente, se pueden ver enfrentados al arduo problema que se plantea cuando la ley personal de uno o los dos contrayentes que pretenden contraer matrimonio en el foro no admite tal tipo de matrimonio. Ante esta situación se han propuesto o articulado diversas soluciones que permiten acceder al matrimonio en estas complejas situaciones. La comparación se ha realizado respecto de Estados con sistemas jurídicos sensiblemente diferentes. Canadá, dejando a salvo la peculiar excepción de Québec, es un país de Common Law, y por consiguiente, parte de unas concepciones jurídicas sensiblemente diferentes a las españolas. Esta realidad se aprecia claramente también a la hora de regular las relaciones privadas internacionales, como lo demuestra, por ejemplo, el uso del domicilio como conexión para determinar la ley personal de las personas físicas. Ciertamente, el hecho de que España y Canadá empleen conexiones diferentes para determinar la ley personal motiva que el problema se plantee de manera parcialmente distinta. La conexión nacionalidad, como manifestación del principio de soberanía, ordena la aplicación de un ordenamiento extranjero respecto del estatuto personal de los no nacionales. Por el contrario la conexión domicilio representa mejor la vinculación del individuo con el entorno en el que vive, es una conexión más real, especialmente en la concepción canadiense, y favorece la coincidencia entre forum y ius. El artículo se sustenta fundamentalmente en el análisis de la práctica jurisprudencial y administrativa, por esta razón se centra en los problemas reales y sus concretas soluciones. Como está elaborado desde la perspectiva de un autor español se detiene a hacer una introducción en el sistema canadiense y en la evolución en el mismo de la figura del matrimonio entre personas del mismo sexo. Como ideas finales concluimos que por las diferencias inherentes a los dos ordenamientos el problema se suscita de manera diversa. Una vez más se ponen de relieve las consecuencias que tiene la dualidad nacionalidad-domicilio a la hora de determinar la ley personal. La cuestión se plantea en el ordenamiento canadiense con menor frecuencia e intensidad que en el español. Pero con independencia de este presupuesto, y salvando las lógicas diferencias, llama la atención que las principales soluciones propuestas, orden público y referencia a los derechos y libertades fundamentales de rango constitucional, coinciden en ambos sistemas.Publication Open Access La caución por el daño temido de la Ley 351.2 del Fuero Nuevo(Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2004) Hualde Manso, Teresa; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaLa ley 351.2 del Fuero Nuevo está ubicada en el Capítulo relativo a los principios generales relativos a la propiedad y la posesión de las cosas (Libro III, Tit. I, Cap. I), con lo que al igual que, en los ordenamientos actuales que recogen la caución, el punto de vista del que parte este remedio es el de los problemas efectivos que acarrea la posesión efectiva de los inmuebles en lo que se refiere a la vecindad de los mismos.Publication Open Access El consumidor de electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables: las garantías de origen(Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT), 2014) Zurutuza Arigita, Iñaki; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl objeto de este artículo es realizar un estudio relativo a la regulación de la figura de la ‘garantía de origen’ en relación con el consumidor final de electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables. En este sentido, en primer lugar con carácter general se examina la evolución legislativa en torno a esta figura tanto en el Derecho comunitario como en el Derecho español. En segundo lugar, en el marco de la legislación examinada, se hace referencia a la definición de garantía de origen recogida en la normativa española. Finalmente, en relación con los consumidores de electricidad de origen renovable, se identifica cuál es el consumidor final de electricidad con garantía de origen renovable y se realizan algunas consideraciones relativas tanto al valor actual de estas garantías de origen así como a la protección del consumidor de electricidad de origen renovable.Publication Open Access Contaminación por radiación electromagnética en personas vulnerables: tutela preventiva y generación de otras fuentes de energía(CIEDA-CIEMAT, 2013) Luquin Bergareche, Raquel; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaLos niños y otras personas vulnerables están actualmente sobreexpuestos a los riesgos derivados de la contaminación por ondas electromagnéticas, un fenómeno en el que la ciencia no logra acuerdos unánimes. Frente a ello, el principio de prevención del Derecho comunitario exige la adopción de medidas de información a los ciudadanos y la posibilidad de acciones preventivas en caso de conflictos jurídicos sobre estas inmisiones susceptibles de afectar a la salud de estas personas. El trabajo examina algunas de estas posibles medidas jurídicas de precaución en el Derecho privado español.Publication Open Access El contrato de agencia en Italia: notas sobre su regulación actual(Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 1994) Lara González, Rafael; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaLa disciplina de la actividad del agente ha tenido en el ordenamiento jurídico italiano una evolución constante en el tiempo, en virtud de la función significativa que esta clase de empresarios desarrolla en el campo económico. Dicha disciplina se ha articulado a través del Codice civile (arts. 1742 a 1753), de la Ley n° 204, de 3 de mayo de 1985, del Decreto Legislativo n° 303, de 10 de septiembre de 1991, y de los Acuerdos Económicos Colectivos que desde 1935 han dispuesto normas específicas para el contrato de agencia, regulando las relaciones entre las partes. No es pretensión de este artículo describir todo el panorama normativo del contrato de agencia en el Derecho italiano, sino únicamente dar una pinceladas a la nueva regulación del contrato surgida como consecuencia de la adaptación de aquel ordenamiento al Derecho comunitario.Publication Open Access El contrato de escrow: configuración en origen y recepción en el derecho español(Notyreg Hispania, SL, 2016) Elizari Urtasun, Leyre; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl escrow es una figura de origen estadounidense, que implica que las partes de un negocio principal acuerdan la entrega de un objeto, habitualmente dinero, a un tercero, hasta que se produzca determinado evento, momento en el cual este tercero deberá entregarlo a aquel de las partes que corresponda, según lo pactado. El Tribunal Supremo (Sala 1ª) tuvo la ocasión de pronunciarse sobre el escrow en una sentencia de 24 de octubre de 2014, estableciendo cuál es la delimitación básica del contrato en nuestro ordenamiento, pero apartándose en gran medida de la figura original. El presente trabajo analiza el contrato de escrow, partiendo de su configuración en su sistema legal de origen comparándola con los pronunciamientos recogidos en la sentencia citada y con los escasos supuestos enjuiciados por algunas Audiencias Provinciales. Se pretende ofrecer respuesta, además, a las principales cuestiones que plantea la figura, no todas ellas abordadas por la sentencia del Tribunal Supremo citada, como es el supuesto del incumplimiento del tercero o agente de escrow.Publication Open Access La costumbre en función de título en el Derecho Civil de Navarra(Gobierno de Navarra, Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 1993) Sabater Bayle, Elsa; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaEl valor de la costumbre en el Derecho foral navarro no se limita a actuar como fuente del Derecho y como medio de interpretación de la ley. Lo característico de este Ordenamiento no se circunscribe a admitir la figura de la costumbre contra ley, incluso -según las convincentes opiniones anteriormente expuestas- contra ley estatal. El Derecho civil navarro, con Fueros o sin ellos, con LORAFNA o con Ley Paccionada, con leyes civiles especiales o sin ellas, es, por tradición y por naturaleza, un derecho estrictamente consuetudinario. Tan es así que, a pesar de atravesar por una etapa compiladora, en la que aparentemente se tiñe del ideal codificador (legislar de una sola vez en previsión de todos los problemas que se presenten en el momento previendo además todos los que hipotéticamente puedan presentarse en el futuro). El propio Fuero Nuevo reconoce que la costumbre en Navarra es superior a la ley, y por ello expresamente permite en numerosas leyes de su texto que la costumbre o el uso regule las instituciones aún en aspectos tan celosamente reservados al ámbito de la ley como lo son los títulos de constitución y extinción de los derechos y las atribuciones patrimoniales.Publication Open Access Crisis económica, falta de liquidez y dación en pago necesaria: un estudio del párrafo segundo in fine de la Ley 493 del Fuero Nuevo(Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, 2011) Egusquiza Balmaseda, María Ángeles; Derecho Privado; Zuzenbide PribatuaHistóricamente la dación en pago necesaria ha sido un mecanismo utilizado para resolver el problema de la falta de liquidez de los deudores de cantidad de dinero, que no podían vender sus bienes en el mercado a un justo precio. A pesar de que el Código civil la excluyó, el Fuero Nuevo la ha mantenido como un régimen excepcional que permite atemperar el exacto cumplimiento de la deuda dineraria. El actual contexto de crisis económica ha llevado a redescubrir esta figura, motivando la reflexión sobre su potencial desarrollo futuro.
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