Publication: El derecho a un proceso sin dilaciones indebidas
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El derecho a un proceso sin dilaciones indebidas es una de las garantías que componen el debido proceso, reconocido en el art. 24.2 CE. Su objeto consiste en asegurar que el transcurso del proceso se desarrolle en un tiempo lógico, prudencial o razonable. Nos encontramos, por tanto, en la necesidad de definir dilaciones indebidas. Para ello, acudimos a las interpretaciones de las numerosas sentencias del TC sobre este concepto. El TC ha realizado una larga labor en la delimitación del concepto del derecho. A pesar de ello, en la práctica no se ha logrado un verdadero mecanismo de protección puesto que los ciudadanos se encuentran con varios problemas a la hora de reparar la lesión causada por la excesiva tardanza de los órganos jurisdiccionales. A este respecto, se han realizado reformas para agilizar la justicia, reformas que afectan, principalmente, al recurso de amparo, y, por ende, a esta garantía procesal.
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