La ultra-actividad en los convenios colectivos
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La crisis económica provocó la necesidad de que se reformara el sistema de renovación de los convenios colectivos con el fin de evitar la petrificación de las condiciones de trabajo. Con este objetivo la reforma laboral del año 2012 acabó con el sistema de ultra-actividad vigente e introdujo una ultra-actividad limitada de un año. Este nuevo régimen previó las consecuencias en caso de que el convenio colectivo no se viese renovado. Sin embargo, este régimen supletorio no está exento de problemas en la práctica. En este trabajo se pretende analizar las diversas posturas doctrinales y jurisprudenciales al respecto y examinar también los efectos que ha tenido esta reforma en la estructura de la negociación colectiva en Navarra
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